La empresa argumenta la falta de competencia sobre la misma y que la prestadora de servicios no es jurisdicción de la Defensoría Ciudadana La Plata, desde donde contestaron que la Defensoría "conforme a su normativa, tiene plena competencia para requerir a la empresa la normalización del servicio del agua a los barrios afectados; en representación de cientos de ciudadanos platenses que se encuentran afectados por la falta de acceso al agua por el deficiente servicio brindado por la empresa, implicando su accionar una flagrante violación de los derechos humanos de los mismos".